Resumen: PRIMERO.- Por la entidad Banco CETELEM SA se interpuso en su día petición de procedimiento monitorio y ante la oposición que se formulara al mismo se instó demanda de procedimiento ordinario y frente a D. Ángel Jesús en reclamación de 7.071,41 de principal derivado, en sucinta exposición, de la línea de crédito, concedida junto al préstamo a favor del demandado y, que por conocidas no son necesarias reiterar, bajo las condiciones determinadas en el mismo. Determinado el incumplimiento señalaba y conforme a la documentación que expresaba era el demandado en adeudar la cantidad explicitada.
Resumen: PRIMERO.- La resolución recurrida acuerda , con carácter previo a resolver sobre la suspensión de la pena de prisión impuesta en la sentencia, requerir de pago a la penada recurrente al pago de la responsabilidad civil o presente compromiso de pago de acuerdo con sus posibilidades económicas.
Resumen: PRIMERO.- La sentencia apelada ha desestimado en su integridad la demanda interpuesta por INMOGESTIÓN 2012 S.L. frente al Sr. Rodolfo en reclamación del importe de 18.300 euros, precio que resta a éste por satisfacer del contrato suscrito entre los litigantes en fecha 30 de agosto de 2013, al concluir incumplida por la actora una obligación contractual esencial para con el demandado cual la de proporcionarle asistencia continuada para el desarrollo del negocio comprometido.
Resumen: El actor, que prestaba servicios con la categoría profesional de Mecánico Montador, sufrió un infarto de miocardio por el que inició un periodo de incapacidad temporal. En el recurso se plantea la determinación de la etiología del proceso de incapacidad temporal que inició el trabajador recurrente, a los efectos de su encuadramiento como contingencia profesional o derivada de enfermedad común. La Sala 4ª desestima el recurso al apreciar la falta de contradicción. No concurren las identidades exigidas por el art. 219 LRJS, puesto que en el caso de la sentencia recurrida se niega la contingencia porque el episodio de dolor torácico se inició en el domicilio del empleado dos horas antes de empezar a trabajar, acudiendo al centro de trabajo con molestias que se prolongaron durante la actividad, lo que no le impidió trabajar hasta poco antes de la seis de la mañana, hora de terminación del turno asignado, dirigiéndose a su domicilio en automóvil y acudiendo en la tarde a un centro médico donde se le diagnosticó infarto agudo de miocardio. En la sentencia de contraste se trata de un trabajador que había tenido episodios previos diagnosticados como infarto de miocardio dos días antes de que acudiera al trabajo y mientras desempañaba su actividad de carga y descarga de leche, una hora después de su inicio tuvo que dirigirse a un centro sanitario donde fue atendido, partiendo del diagnóstico ya existente de infarto agudo de miocardio.
Resumen: PRIMERO.- Que por Ernesto se recurre en apelación la sentencia de 16 de abril de 2019, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Vitoria - Gasteiz, sobre extinción de RGI.
Resumen: DERECHO DE EXTRANJERJÍA. MEDIDAS CAUTELARES. EXAMEN. SITUACIÓN ALEGADA DE ARRAIGO. MADRE DE UN NIÑO CIUDADANO FRANCES, SIN GUARDA Y CUSTODIA, CONDENADA EN ESPAÑA POR TRÁFICO DE DROGAS.